Resolución del Juez Único de Competición sobre el recurso presentado por el equipo La Tercia FS sobre el fallo 11/2025-26 del Comité de competición.
Una vez leída la resolución del Comité de Competición con número 11/2025-26 y el acta del partido, se ha procedido a valorar las disculpas y el recurso presentados por el equipo La Tercia FS en nombre del propio jugador.
Es por ello que hago las siguientes estimaciones:
Agradece y valora enormemente el arrepentimiento y disculpas presentadas por el club y el propio jugador.
El informe posterior al partido reflejado en el Anexo del acta, es redactado por dos personas pertenecientes al colectivo arbitral, a las que se les presupone equidad e imparcialidad; aún así este Juez Único decide hablar con equipo arbitral con el fin de recabar la información ampliada de los hechos para valorarlos adecuadamente y calificarlos según la Normativa específica aprobada por los Clubes que conforman la Liga ASOLEFUSA.
Mantiene que no hubo una agresión física grave como así refleja la sanción del Comité de Competición, pero sí un claro menosprecio físico y verbal que se suman a los antecedentes en la presente temporada (Fallo n⁰5 del Comité Competición).
Por todo ello este Juez Único de Competición decide:
Ratificar la sanción deportiva y la sanción económica del fallo 11/2025-26 del Comité de Competición.
Contra esta resolución no cabe recurso.
En León, a 12 de marzo de 2026
